jueves, 23 de abril de 2020

Presupuestos municipales de Cepeda la Mora para el año 2020


Aprobación de los presupuestos municipales conforme a los artículos y decretos que se citan a continuación.


Art. 112.3 Ley 7/1985

3. Aprobado inicialmente el presupuesto, se expondrá al público durante el plazo que señale la legislación del Estado reguladora de las Haciendas locales, con objeto de que los interesados puedan interponer reclamaciones frente al mismo. Una vez resueltas las que se hayan presentado, en los términos que prevea la Ley, el presupuesto definitivamente aprobado será insertado en el «Boletín Oficial» de la Corporación, si lo tuviera, y resumido, en el de la Provincia

Artículo 127. R.D. 781/86

Una vez aprobada la plantilla y la relación de puestos de trabajo, se remitirá copia a la Administración del Estado y, en su caso, a la de la Comunidad Autónoma respectiva, dentro del plazo de treinta días, sin perjuicio de su publicación íntegra en el «Boletín Oficial de la Provincia», junto con el resumen del Presupuesto.

Art. 169.3 R.D 2/2004

3. El presupuesto general, definitivamente aprobado, será insertado en el boletín oficial de la corporación, si lo tuviera, y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, en el de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial

Cepeda la Mora o Cepeda de la Mora: ¿Cuál es el nombre correcto?

Hoy quiero comentar una duda que me ha vuelto a surgir en torno al nombre de nuestro querido pueblo, y que supongo, a muchos de vosotros os ...